Quiénes somos

Desde

2007

Bienvenidos a AEBass

La Asociación Española de Black Bass, conocida como la AEBass, es una asociación sin ánimo de lucro, nacida para la defensa de la pesca del black bass, tanto en su vertiente de ocio como en su aspecto deportivo, así como para la de aquellos aficionados que practican su pesca, en sus distintas modalidades, motivado por la clasificación de esta especie como exótica invasora y los problemas que ello conlleva.

Nuestras normas y actividades

La ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE BLACK BASS (AEBass)

Se creó en el año 2007 en Montilla (Córdoba), por un grupo de aficionados a la pesca del Black Bass, como respuesta a unos incipientes ataques de grupos ecologistas, cuya intención era, y sigue siendo, la erradicación y exterminio en nuestro caso del Black Bass y como consecuencia de ello su pesca deportiva, instrumentado a través de la prohibición de su pesca y del sacrificio inmediato al momento de su captura.

Como determinan nuestros estatutos, nuestros fines son la defensa del Black-Bass, científicamente denominado “Micropterus Salmoide”, y el fomento de su pesca deportiva; y nuestras actividades se centran en conseguir el reconocimiento de las Administraciones Públicas, tanto a nivel local como en las Comunidades Autónomas y en el ámbito estatal, la práctica de la pesca del black bass sin trabas, sostenida y sostenible, con profundo respeto al medio ambiente, hasta conseguir, lo que sería deseable, la exclusión de esta especie del catálogo español de especies exóticas invasoras y su naturalización, como prevé la Ley 42/2007 de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (LPNB).

Organigrama - Junta Directiva

Orígenes e Historia de la Asociación

Nacida la AEBass en el año 2007, pronto tuvo que actuar en defensa del black Bass y su pesca deportiva. Tras haber conseguido en distintas Comunidades Autónomas el reconocimiento de la pesca del black bass en las respectivas ordenes de veda, incluso con posibilidad de limitación en el cupo de sus capturas así como de su pesca sin muerte, en el año 2011, ya prácticamente agotada la legislatura y con las elecciones anunciadas, el gobierno del Sr. Rodríguez Zapatero aprobó publicó, con fundamento en la Ley 42/2007 de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad de 13 de diciembre, el primer catálogo español de especies exóticas invasoras, que inmediatamente fue recurrido por la AEBass ante el Tribunal Supremo y el Defensor del Pueblo consiguiendo, junto con la Federación Española de Pesca y Casting, que se anulara en su totalidad. Abiertas nuevas negociaciones de la AEBass y otros colectivos, con los representantes del Partido Popular, la AEBass pudo obtener mediante una disposición transitoria, que en el nuevo catálogo, publicado en el año 2013, se reconociera la posibilidad de la pesca sin muerte del black bass, y que fuera el pescador quién decidiera el destino de sus capturas.

Al mismo tiempo, recurridas por la AEBass diversas órdenes de veda ante los Tribunales de Justicia, la imposición de algunas Comunidades Autónomas de sacrificar las capturas del black bass, amparadas estas disposiciones en el Real Decreto del Sr. Rodríguez Zapatero, que después resultó anulado, se obtuvo la modificación de dichas ordenes de veda y aceptación de la modalidad de pesca de “captura y suelta” por parte de las distintas Administraciones.

Impugnado este nuevo catálogo del 2013 por los ecologistas, y tras un largo procedimiento, la Sala Tercera del Tribunal Supremo dictó una sentencia el 16 de marzo de 2016 por la que anulaba la totalidad de la disposición transitoria segunda del Real Decreto 630/2013 de 2 de agosto por su vulneración a la Ley 42/2007, antes cirada, lo que hizo regresar a las distintas órdenes de veda de las Comunidades Autónomas, la imposición de la prohibición de la pesca del black bass y/o su sacrificio al momento de ser capturados.

Bajo esta circunstancia, el objetivo de la AEBass se centró en conseguir directamente la modificación de la Ley 42/2007 de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Tras un primer intento que resultó fallido, en el que pudo obtener del gobierno la presentación de una proposición no de ley que amparaba todos nuestros objetivos, tras una ardua negociación con los distintos grupos políticos, numerosas reuniones con sus representantes y finalmente comparecencias en la misma Sala del Congreso de los Diputados, se logró la modificación de la Ley de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, mediante la Ley 7/2018, de 20 de julio, que se publicó en el B.O.E. el siguiente día 21 de julio de 2018. Con esta modificación ya era posible la práctica de la pesca sin muerte del black bass en aquellas masas de agua en las que el Black Bass se encontraba presente antes del 2007, fecha de publicación de la Ley de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.

El trabajo de la AEBass no ha terminado. Todavía hoy diez Comunidades Autónomas siguen sin reconocer en sus disposiciones, especialmente en sus órdenes de veda, la aplicación de la modificación de la Ley de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad pues o bien siguen prohibiendo directamente la pesca del black bass o bien continúan imponiendo su sacrificio al momento de ser capturado.